Requisitos para abrir una guardería en México: guía 2026
Autorización, Protección Civil, uso de suelo, seguro, personal capacitado y lo que hoy pasa con el IMSS: todo lo que pide la ley para abrir una guardería o estancia infantil en México.
Publicado el: 22 de octubre de 2026
¿Qué necesitas para abrir una guardería en México?
Los requisitos para abrir una guardería en México se resumen así: autorización de la autoridad competente de tu estado o municipio, Programa Interno de Protección Civil aprobado, licencias de uso de suelo y funcionamiento, una póliza de seguro que cubra a los niños, reglamento interno, manuales de operación y personal capacitado. Todo esto lo ordena la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
La ley se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, dos años después del incendio de la Guardería ABC en Hermosillo, y por eso pone la seguridad por encima de todo. Aplica a cualquier Centro de Atención Infantil, se llame guardería, estancia infantil, CENDI o centro de cuidado, y cubre a niñas y niños desde los 43 días de nacidos.
Esta guía resume lo que pide la ley federal. Cada estado tiene además su propia ley y reglamento, y los trámites municipales cambian de una ciudad a otra, así que úsala como mapa y confirma cada paso en las oficinas de tu localidad.
¿Qué tipo de guardería vas a abrir? Modalidad y capacidad
La ley distingue tres modalidades: pública, privada y mixta. Una guardería privada es la que crean, financian, operan y administran solo particulares; la mixta es aquella en la que el gobierno participa en el financiamiento, la instalación o la administración junto con instituciones sociales o privadas.
Además, clasifica los centros por su capacidad instalada. Este dato define buena parte de tus obligaciones, porque la autorización exige cumplir los requisitos que correspondan a tu modalidad y a tu tipo:
- Tipo 1: hasta 10 niñas y niños.
- Tipo 2: de 11 a 50.
- Tipo 3: de 51 a 100.
- Tipo 4: más de 100.
Los requisitos de autorización que marca la ley
Las autoridades de la Federación, los estados, los municipios y, en la Ciudad de México, las alcaldías otorgan la autorización dentro de su competencia. Para obtenerla, la ley pide reunir lo siguiente:
- Solicitud con la población que vas a atender, los servicios, el horario, los responsables, el personal y la ubicación.
- Póliza de seguro ante eventualidades que pongan en riesgo la vida y la integridad de los niños, que incluya la responsabilidad civil del prestador.
- Reglamento interno.
- Manuales técnico-administrativo, de operación y de seguridad.
- Manual para madres, padres o tutores.
- Programa de trabajo con las actividades que se realizarán.
- Infraestructura, instalaciones y equipo que garanticen un servicio seguro.
- Programa Interno de Protección Civil.
- Licencias y permisos de Protección Civil, uso de suelo, funcionamiento, ocupación, seguridad estructural y sanitarios.
- Documentos que acrediten la formación y capacitación del personal.
- Información sobre recursos financieros, mobiliario, equipo y materiales.
- Cumplir los requisitos de tu modalidad y tipo, y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.
Protección Civil: el trámite que no puedes saltarte
La ley es tajante: ningún Centro de Atención puede prestar servicios sin la autorización de Protección Civil. Tu Programa Interno debe estar aprobado por la autoridad de Protección Civil que corresponda, y las autoridades deben hacer visitas de verificación al menos cada seis meses.
Antes de firmar el contrato de renta del local, revisa con calma estos puntos que la ley exige al inmueble y a la operación diaria:
- Ningún establecimiento que ponga en riesgo la integridad de los niños puede estar a menos de 50 metros del centro.
- Rutas de evacuación definidas y un punto de reunión alejado de cables eléctricos y de líneas de gas o de sustancias químicas.
- Simulacros al menos una vez cada dos meses.
- Salidas de emergencia, extintores y materiales inflamables guardados lejos de sótanos y de los espacios bajo escaleras.
- Pasillos, patios y zonas de juego que nunca se usen como bodega.
- Reparaciones o cambios estructurales hechos por personal capacitado y fuera del horario de servicio.
Permisos municipales, fiscales y sanitarios
Además de la autorización como Centro de Atención, tu guardería es un negocio y necesita sus trámites de arranque. Los nombres cambian según el estado, pero casi siempre incluyen:
- Constancia o licencia de uso de suelo compatible con el servicio de guardería.
- Licencia de funcionamiento y, según el inmueble, constancia de ocupación y dictamen de seguridad estructural.
- Los permisos sanitarios que exija tu entidad.
- Inscripción en el RFC ante el SAT como persona física o moral, con acta constitutiva si operas como sociedad.
- Registro patronal en el IMSS e inscripción de tu personal.
- Si además ofreces preescolar con validez oficial, la autorización de la autoridad educativa de tu estado o de la SEP.
Personal, reglamento interno y manual para padres
La ley federal no fija una proporción numérica de niños por adulto; deja a cada orden de gobierno definir las competencias, la capacitación y las evaluaciones del personal. Revisa la ley de tu estado y su reglamento, porque ahí suelen estar las proporciones y los perfiles exigidos.
Lo que sí establece es que el personal debe participar en programas de capacitación, actualización, certificación de competencias y protección civil. Como referencia, el estándar de competencia EC0435 del CONOCER está pensado para quienes atienden a lactantes, maternales y preescolares en Centros de Atención Infantil, y varios estados lo usan para certificar a su personal.
El programa de trabajo debe incluir el procedimiento para identificar a las personas autorizadas a recoger a los niños. La ley también permite instalar cámaras de video como medida adicional de seguridad, siempre salvaguardando la integridad de los menores. Y los documentos de tu autorización deben estar a disposición de las familias: además de tenerlos en el centro, puedes publicar el reglamento, el menú semanal y el calendario en la página web de tu guardería. Con Eduminika tienes un sitio gratuito en tuguarderia.eduminika.com, con SSL y adaptado al celular, que incluye un formulario de preinscripción en línea.
Registro y verificación: lo que pasa después de abrir
Tu guardería quedará en el Registro Nacional de Centros de Atención, que concentra la información de los centros públicos, sociales y privados a partir de los registros estatales: datos del prestador, ubicación, modalidad, fecha de inicio y capacidad instalada y ocupada. Estos registros deben actualizarse cada seis meses.
Las sanciones van desde la suspensión temporal hasta la revocación de la autorización con cancelación del registro. Entre las causas de revocación están no regularizar la situación que motivó una suspensión, o la muerte o lesiones graves de un niño atribuibles al incumplimiento de la ley y acreditadas por sentencia. Por eso conviene tratar cada visita de verificación como una revisión de calidad, no como un examen.
¿Y el IMSS? Guarderías subrogadas, CECI en empresas y el programa del Bienestar
Muchas personas que abren una guardería preguntan cómo trabajar con el IMSS. En 2026 el Instituto actualizó las disposiciones de los convenios de subrogación para patrones que operan un Centro de Educación y Cuidado Infantil (CECI) en sus instalaciones; se publicaron en el DOF el 14 de abril y entraron en vigor al día siguiente. El patrón puede operar el CECI solo, junto con otros patrones o a través de un operador, con un mínimo de 10 horas de servicio al día y al menos el 51 % de los lugares para hijos de sus propios trabajadores.
Para una guardería privada con experiencia, esto abre una vía de negocio con empresas: ofrecerte como operador de su CECI. Al mismo tiempo, los contratos de las guarderías subrogadas tradicionales están en plena discusión de cara a 2027 y los prestadores han advertido públicamente sobre las cuotas. Si tu plan depende de un convenio con el IMSS, confírmalo con la oficina del IMSS en tu estado y sigue las convocatorias oficiales; no lo des por hecho.
Por otro lado, desde 2019 el gobierno federal entrega el apoyo directamente a las familias a través del Programa para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Ese dinero lo administran madres, padres o tutores, que pueden destinarlo al cuidado que elijan. Consulta los montos y requisitos vigentes en sus reglas de operación, publicadas en el DOF el 13 de febrero de 2026.
Preguntas frecuentes antes de abrir tu guardería
¿Puedo abrir una guardería en mi casa? La ley federal no lo prohíbe y prevé centros pequeños de hasta 10 niños, pero debes cumplir los mismos requisitos de autorización, Protección Civil y uso de suelo. Pregunta primero en tu municipio si el uso de suelo de tu domicilio lo permite.
¿Cuánto dura la autorización? Tiene una vigencia de por lo menos un año, así que calendariza desde el primer día las renovaciones, los simulacros y la actualización de tu Programa Interno.
¿Por dónde empiezo? Por la ley de tu estado y una visita a Protección Civil municipal con el local candidato. Las normas cambian, así que antes de iniciar cualquier trámite verifica la versión vigente de la ley en el portal de la Cámara de Diputados y los requisitos en las ventanillas de tu entidad.
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